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Archivada
Cámara de Representantes
Ley Estatutaria
Comisión Primera Constitucional Permanente
Cámara
Por medio del cual se establece la práctica obligatoria de un dictamen médico integral anual para el Presidente de la República, el Vicepresidente, los Gobernadores y los Alcaldes y se dictan otras disposiciones
Fuente oficial
Comisiones
Comisión Primera Constitucional Permanente
Autores
Carlos Felipe Quintero Ovalle
Cómo votaron

Aún no hay votos registrados para esta ley.