Por medio del cual se otorga la categoría de Distrito Especial, Turístico, Portuario y Cultural a la Ciudad de Girardot en el Departamento de Cundinamarca.
Comisiones
Comisión Primera Constitucional Permanente
Autores
Jorge Enrique Benedetti Martelo
JM
Jorge Méndez Hernández
Julio César Triana Quintero
Salim Villamil Quessep
Nubia López Morales
Néstor Leonardo Rico Rico
José Gabriel Amar Sepúlveda
Hernán Banguero Andrade
Gustavo Hernán Puentes Díaz
Carlos Mario Farelo Daza
Cómo votaron
Aún no hay votos registrados para esta ley.