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Archivada
Cámara de Representantes
Ley Ordinaria
Comisión Sexta Constitucional Permanente
Cámara
Por medio de la cual se crea la tarifa diferencial en el cobro del servicio público de energía eléctrica para aquellos departamentos donde operan las Centrales Hidroeléctricas y se establece la garantía del mínimo vital de Energía Eléctrica para los ciudadanos colombianos de los estratos socioeconómicos 1 y 2; y se modifica el artículo 11 de la Ley 143 de 1994
Fuente oficial
Comisiones
Comisión Sexta Constitucional Permanente
Autores
Jorge Dilson Murcia Olaya
Cómo votaron

Aún no hay votos registrados para esta ley.